ATERRICEMOS EL AVIÓN FILOSÓFICO

La Teoría de la Argumentación Jurídica (TAJ) está de moda, y cada vez hay más bibliografía, cursos, diplomados, congresos, seminarios, etc., pero -en no pocos casos- se la presenta como algo esotérico y sofisticado, con conceptos, códigos lingüísticos y formulaciones lógicas que manejan un pequeño círculo de filósofos del Derecho o expertos, pero que pueden ser ininteligibles para los "extraños".

Este blog tiene como propósito aterrizar el avión filosófico en casos concretos o, dicho de otra manera, "procesalizar" a la argumentación jurídica. No soy filósofo, sino abogado litigante (aunque aficionado a la filosofía); de manera que procuraré que los planteamientos y discusiones (que espero las hayan) se generen a partir de casos prácticos.

Los invito a que planteen preguntas, inquietudes, críticas y contra argumentos; a solicitar información sobre algún tema de argumentación jurídica; a compartir alguna sentencia que merezca ser comentada o criticada; a generar debates y a hacer de este blog un foro útil y entretenido. ¡BIENVENIDOS!

28 de agosto de 2013

CONGRESO INTERNACIONAL: DERECHO DE PRUEBA Y MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES

Nuestros ordenamientos procesales regulan la admisión y la actuación de los medios probatorios, pero no su valoración. El nuevo Código Procesal Penal, alude a la inferencia probatoria y establece algunas pautas muy generales y normas que exigen la observancia de las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia y las reglas de la sana crítica, pero nada más. Lo paradójico del caso es que pocos conocen el alcance de estas categorías que no son propiamente jurídicas. 

El Juez es libre para valorar la prueba, pero ello solo significa que no está sometido a reglas legales que establezcan el valor de la prueba. El principio de libertad en la valoración de la prueba no sustrae al Juez del sometimiento a reglas de racionalidad objetiva. Tal valoración no es ética ni moral (bueno o malo, justo o injusto), sino epistemológica. Por tanto, el Juez debe observar los criterios que sobre la valoración de la prueba se han desarrollado en la epistemología de la ciencia. 

En el Derecho Procesal esta aproximación a la valoración de la prueba es poco conocida, y escasamente desarrollada. Este Congreso Internacional nos otorga la posibilidad de profundizar en estos temas desde la Teoría de la Argumentación Jurídica. 

De España viene Jordi Ferrer, ampliamente conocido por sus libros: "Prueba y verdad en el Derecho" (2005) y "La valoración racional de la prueba" (2007). Asimismo, viene Javier Ezquiaga, quien ha publicado los libros: "La argumentación en la justicia constitucional española" (1987), "Iura novit curia y aplicación judicial del derecho" (2000), "La argumentación interpretativa en la justicia electoral mexicana" (2006); y, "Argumentación e interpretación. La motivación de las decisiones judiciales en el Derecho Peruano" (2011, editado por Grijley).

Por el Perú estarán César San Martín (Ex Presidente del PJ), Pablo Talavera (quien desarrolló la parte de prueba en el Nuevo Código Procesal Penal), José Antonio Peláez Bardales (Fiscal de la Nación; hace algunos meses publicó un libro sobre prueba), José Luis Castillo Alva (reconocido autor con quien publiqué el libro "Razonamiento Judicial: argumentación, interpretación y motivación de las resoluciones judiciales, el cual ha sido citado en sentencias de México, Colombia, Ecuador y Perú), Nelson Ramírez Jiménez (reconocido procesalista, miembro de la Comisión que elaboró el Código Procesal Civil), y un servidor, Roger Zavaleta Rodríguez. En mi caso, me he ocupado del tema de la valoración de la prueba y su justificación en la sentencia, en mi libro: "La motivación de las resoluciones judiciales como argumentación jurídica", el cual saldrá publicado a fines de setiembre, por Grijley.  

Será una excelente oportunidad para que jueces, abogados y estudiantes de Derecho amplíen sus conocimientos sobre un tema que, a pesar de su gran importancia, casi no se enseña en las facultades de Derecho. ¡No se lo pierdan! 

8 de agosto de 2013

IDEAS SUELTAS RESPECTO A LA SOBRECARGA PROCESAL


La sobrecarga procesal es uno de los grandes problemas de nuestro servicio de justicia. ¿Puede el juez hacer algo al respecto o es un factor que depende, básicamente, del presupuesto del Poder Judicial? ¿Algunas prácticas judiciales generan mayor carga procesal? En este post expongo algunas ideas sueltas sobre este tema....Y tú, ¿qué piensas?