A PROPÓSITO DEL RÉGIMEN CAUTELAR CONTRA ACTOS DE LA SUNAT Y EL TRIBUNAL FISCAL.
El día de ayer el Ministro de Economía, Luis Castilla, salió a defender la constitucionalidad de las modificaciones al Código Tributario, entre ellas la inserción del artículo 159. En relación con este dispositivo sostuvo que no limita el acceso a la justicia, ya que el contribuyente mantiene la posibilidad de demandar al Estado.
En una entrada anterior ya expuse mis argumentos al respecto. Sin embargo, aprovecho la ocasión para refutar lo dicho por el Ministro de un modo más coloquial, ojalá ameno, y con seguridad más sucinto.
https://docs.google.com/file/d/0B00xOHfDHAVNYW96LUY3UzAyVWs/edit
Para quienes quieran ver la entrada anterior (en la que desarrollo los argumentos de la inconstitucionalidad del artículo 159 del Código Tributario), aquí les dejo el enlace:
http://argumentacionyderecho.blogspot.com/search?updated-max=2012-08-05T19:33:00-05:00&max-results=7
Para quienes quieran ver la entrada anterior (en la que desarrollo los argumentos de la inconstitucionalidad del artículo 159 del Código Tributario), aquí les dejo el enlace:
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